Conseguimos el sobreseimiento y archivo de la causa respecto al delito de resistencia o grave desobediencia a agentes de la autoridad.
Estaban investigando a nuestro cliente por un presunto delito de atentado a agentes de la autoridad recogido en el artículo 550. 1 y 2 del CP, castigado con la pena de prisión de 1 a 4 años, y de multa de 3 a 6 meses si el atentado es contra la autoridad judicial como era el caso.
Sucedió que los Agentes de la Comisaría del Cuerpo Nacional de Policía acudieron a una llamada del propietario del bar, que vino a manifestar que el cliente se negaba a abonar la consumición y a marcharse del establecimiento. Una vez allí los Agentes dicen que comprobaron que el cliente además estaba ebrio e iba indocumentado. Le pidieron que se fuese y finalmente salió del local, una vez en el exterior los Agentes le requirieron la documentación, y el cliente les vino a manifestar que no se la iba a dar, porque era español y no tenía que dársela. Los Agentes le cachearon y verificaron su identidad, y le dejaron marcharse. A los pocos minutos los Agentes volvieron a recibir una llamada del propietario del bar en la que decía que el cliente había vuelto. Al llegar al bar los Agentes dicen que ordenaron al detenido que debía de abandonar el lugar y, que el cliente se negó a hacerlo, por lo que lo sacaron del lugar y lo detuvieron.
Una vez en el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción n.º 4 de Sagunto el cliente fue asistido y defendido por el despacho, y se puso de manifiesto que el cliente tenía problemas con el alcohol y las drogas y, padecía un trastorno mental, y solicitó un informe médico-forense sobre su imputabilidad.
Finalmente se logró que se acordase el sobreseimiento y archivo de los hechos por los que el cliente estaba siendo investigado, al no aparecer debidamente justificado el motivo el motivo que había dado lugar a la formación de la causa y, ser en todo caso una sanción administrativa.