
Conseguimos la absolución de nuestro cliente en un asunto de violencia de género, ante el Juzgado de lo Penal nº 6 de Valencia, y ante la Audiencia Provincial Sección Primera de Valencia. Por los delitos de los que venía siendo acusado nuestro cliente, y por los que le pedían penas de prisión que ascendían a los 9 años, prohibición de aproximación y comunicación a la denunciante que ascendía a los 16 años, y privación de la patria potestad sobre sus hijos que ascendía a los 13 años.
Sucedió que la que había sido esposa de nuestro cliente, y con la que tenía dos hijos menores en común, interpuso una denuncia penal contra el mismo. En la que le acusaba de haber cometido un delito de amenazas en el ámbito familiar, un delito de maltrato en el ámbito familiar, un delito de determinación a la prostitución, y un delito de maltrato habitual.
En resumidas cuentas, la denunciante vino a denunciar que nuestro cliente le amenazaba con quitarle a los hijos si no hacía lo que le decía, que en una ocasión le había agredido con un golpe en la nuca, y que le había propinado patadas cuando estaba en el suelo, que le había obligado a prostituirse durante más de dos años y, que durante su matrimonio le había agredido en más de cien ocasiones.
El Ministerio Fiscal y la Acusación Particular, solicitaban a nuestro cliente por el delito de amenazas en el ámbito familiar la pena de 1 año de prisión, y la prohibición de comunicación y aproximación a la denunciante por tiempo de 3 años; Por el delito de maltrato en el ámbito familiar la pena de 1 año de prisión, la prohibición de comunicación y aproximación a la denunciante por tiempo de 3 años, así como la privación de la patria potestad sobre sus hijos por tiempo de 3 años; Por el delito de determinación a la prostitución la pena de 4 años de prisión, la prohibición de comunicación y aproximación a la denunciante por tiempo de 5 años, así como la privación de la patria potestad sobre sus hijos por tiempo de 5 años; Y por el delito de maltrato habitual la pena de 3 años de prisión, la prohibición de comunicación y aproximación a la denunciante por tiempo de 5 años, así como la privación de la patria potestad sobre sus hijos por tiempo de 5 años.
Tras las actuaciones pertinentes, se realizó el juicio ante el Juzgado de lo Penal número 6 de Valencia, en el que el Despacho demostró la inocencia de nuestro cliente, probando que no había cometido ninguno de los delitos de los que se le acusaba. Y consiguió, que absolvieran a nuestro cliente de todos los delitos de los que venía siendo acusado en este procedimiento, con toda clase de pronunciamientos favorables.
La Sentencia absolutoria del Juzgado de lo Penal número 6 de Valencia, entre otras cosas, recogió textualmente (refiriéndose a la denunciante) que: “se aprecia un posible motor impulsor de su declaración inculpatoria, cual es conseguir la guarda y custodia de sus hijos menores de edad”.
La referida Sentencia fue recurrida por la Acusación ante la Audiencia Provincial Sección Primera de Valencia. Y nuevamente el Despacho defendió la inocencia de su cliente y, tras los trámites correspondientes, la Audiencia Provincial Sección Primera de Valencia dictó una Sentencia en la que estimando nuestras pretensiones absolutorias, confirmó la absolución de nuestro cliente de todos los delitos de los que venía siendo acusado.